SEGURIDAD JURÍDICA EN LA CONTRATACIÓN. – EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES. “ARTICULO 71. Es empresa de servicios temporales aquella que contrata la prestación de servicios con terceros beneficiarios para colaborar temporalmente en el desarrollo de sus actividades, mediante la labor desarrollada por personas naturales, contratadas directamente por la empresa de servicios temporales, la cual tiene con respecto de éstas el carácter de empleador.”

En efecto, el Artículo 71 de la Ley 50/90 trata de dos relaciones jurídicas: Una la del usuario con la empresa de servicios temporales, cuyo objeto es la prestación del servicio temporal y su contenido es el suministro de trabajadores a terceros para atender las eventualidades del artículo 77 de la Ley 50/90. (ARTICULO 81. Los contratos celebrados entre las empresas de servicios temporales y los usuarios, deberán: 1. Constar por escrito. 2. Hacer constar que la empresa de servicio temporal se sujetará a lo dispuesto por la ley para efectos del pago de salarios, prestaciones sociales, horas extras, recargos diurnos y nocturnos, dominicales y festivos. 3. Especificar la compañía aseguradora, el número de la póliza, vigencia y monto con la cual se garantiza el cumplimiento de las obligaciones laborales de las empresas de servicios temporales con los trabajadores en misión. 4. Determinar la forma de atención de las obligaciones que en materia de salud ocupacional se tiene para con los trabajadores en misión, cuando se trate de las circunstancias establecidas en el artículo 78 de la presente ley.) – y otro, el laboral de la E.S.T. con el trabajador en misión.

Consecuente con lo anterior en nuestra legislación el contrato laboral es de la empresa de servicios temporales con los trabajadores en misión, que son definidos en el artículo 74 de la Ley 50/90, y con respecto a los cuales la misma Ley le da el carácter de empleador en su artículo 71, y el Contrato de Prestación de Servicios es de la E.S.T. con terceros beneficiarios, para formalizar la relación comercial que valida el suministro de trabajadores en misión.

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